Calculadora de días de vacaciones

Días de vacaciones proporcionales al tiempo trabajado en el año, y los que te quedan por disfrutar.

El 1 de enero, o el día en que empezaste a trabajar si fue este año.

El 31 de diciembre, o el último día de tu contrato.

Tus vacaciones se cuentan en

Por ley, como mínimo 30 naturales (unos 22 laborables). Tu convenio puede dar más.

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Cálculo orientativo. Los días de vacaciones y el criterio de redondeo los fija tu convenio colectivo o tu contrato, respetando el mínimo legal.

Cuántos días de vacaciones me corresponden

El Estatuto de los Trabajadores (art. 38) garantiza al menos 30 días naturales de vacaciones retribuidas por cada año completo trabajado. Tu convenio colectivo o tu contrato pueden mejorarlo, pero nunca reducirlo. Si no has trabajado el año entero (porque empezaste a mitad de año o tu contrato termina antes), las vacaciones se calculan en proporción al tiempo trabajado:

Días de vacaciones = días al año × días trabajados ÷ 365

Por ejemplo, si empezaste el 16 de marzo de 2026, hasta el 31 de diciembre trabajas 291 días. Con 30 días al año: 30 × 291 ÷ 365 = 23,92 días. En años bisiestos se divide entre 366.

Una forma rápida de estimarlo es contar 2,5 días naturales por mes trabajado (30 ÷ 12), aunque el cálculo por días es más exacto.

Días naturales o laborables

Algunos convenios expresan las vacaciones en días laborables (normalmente de lunes a viernes). Los 30 días naturales de la ley equivalen a unos 22 días laborables, porque en cuatro semanas y dos días hay unos 22 días de lunes a viernes. La proporción se calcula igual con la cifra de tu convenio: con 22 laborables y un contrato de enero a junio (181 días), te corresponden 22 × 181 ÷ 365 = 10,91 días.

Lo que no se puede es mezclar: si tu convenio da 30 naturales, al disfrutarlas cuentan también los fines de semana y festivos de ese periodo.

Reglas que conviene conocer

  • No se pueden cambiar por dinero mientras sigues trabajando. Solo se pagan las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato, en el finiquito.
  • Se fijan de común acuerdo con la empresa, según el calendario de vacaciones, y debes conocer tus fechas al menos dos meses antes.
  • Baja médica: si coincide con tus vacaciones, tienes derecho a disfrutarlas en otro momento, aunque haya terminado el año, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
  • Periodo de prueba y contratos temporales: también generan vacaciones, en proporción al tiempo trabajado.

Ejemplos resueltos

Empezar a trabajar el 16 de marzo de 2026 con 30 días naturales

Desde
16/03/2026
Hasta
31/12/2026
Tus vacaciones se cuentan en
Días naturales
Días de vacaciones al año completo
30
Días de vacaciones que te corresponden
23,92 días
Días del periodo
291 días
Días que se generan por mes trabajado
2,5 días
Probar este ejemplo en la calculadora

Contrato de enero a junio de 2026 con 22 días laborables, 5 ya disfrutados

Desde
01/01/2026
Hasta
30/06/2026
Tus vacaciones se cuentan en
Días laborables
Días de vacaciones al año completo
22
Días ya disfrutados
5
Días de vacaciones que te corresponden
10,91 días
Días que te quedan
5,91 días
Días del periodo
181 días
Días que se generan por mes trabajado
1,83 días
Probar este ejemplo en la calculadora

Preguntas frecuentes

¿Se redondean los días de vacaciones?

La ley no lo dice. Muchas empresas y convenios redondean al alza, al día o al medio día. Si tu resultado es 23,92 días, lo habitual es que te den 24; consúltalo en tu convenio.

¿Las vacaciones del año pasado se pierden?

Con carácter general, las vacaciones se disfrutan dentro del año natural y no se acumulan. La excepción son las que no pudiste disfrutar por una baja médica o por un permiso de nacimiento y cuidado de menor, que se pueden disfrutar después.

¿Cuánto me pagarán por las vacaciones que no disfrute?

Si terminas el contrato con días pendientes, se pagan a tu salario diario. Puedes calcular el importe con la calculadora de finiquito.

Fuentes

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