Cuántos días de vacaciones me corresponden
El Estatuto de los Trabajadores (art. 38) garantiza al menos 30 días naturales de vacaciones retribuidas por cada año completo trabajado. Tu convenio colectivo o tu contrato pueden mejorarlo, pero nunca reducirlo. Si no has trabajado el año entero (porque empezaste a mitad de año o tu contrato termina antes), las vacaciones se calculan en proporción al tiempo trabajado:
Días de vacaciones = días al año × días trabajados ÷ 365
Por ejemplo, si empezaste el 16 de marzo de 2026, hasta el 31 de diciembre trabajas 291 días. Con 30 días al año: 30 × 291 ÷ 365 = 23,92 días. En años bisiestos se divide entre 366.
Una forma rápida de estimarlo es contar 2,5 días naturales por mes trabajado (30 ÷ 12), aunque el cálculo por días es más exacto.
Días naturales o laborables
Algunos convenios expresan las vacaciones en días laborables (normalmente de lunes a viernes). Los 30 días naturales de la ley equivalen a unos 22 días laborables, porque en cuatro semanas y dos días hay unos 22 días de lunes a viernes. La proporción se calcula igual con la cifra de tu convenio: con 22 laborables y un contrato de enero a junio (181 días), te corresponden 22 × 181 ÷ 365 = 10,91 días.
Lo que no se puede es mezclar: si tu convenio da 30 naturales, al disfrutarlas cuentan también los fines de semana y festivos de ese periodo.
Reglas que conviene conocer
- No se pueden cambiar por dinero mientras sigues trabajando. Solo se pagan las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato, en el finiquito.
- Se fijan de común acuerdo con la empresa, según el calendario de vacaciones, y debes conocer tus fechas al menos dos meses antes.
- Baja médica: si coincide con tus vacaciones, tienes derecho a disfrutarlas en otro momento, aunque haya terminado el año, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
- Periodo de prueba y contratos temporales: también generan vacaciones, en proporción al tiempo trabajado.
Ejemplos resueltos
Empezar a trabajar el 16 de marzo de 2026 con 30 días naturales
- Desde
- 16/03/2026
- Hasta
- 31/12/2026
- Tus vacaciones se cuentan en
- Días naturales
- Días de vacaciones al año completo
- 30
- Días de vacaciones que te corresponden
- 23,92 días
- Días del periodo
- 291 días
- Días que se generan por mes trabajado
- 2,5 días
Contrato de enero a junio de 2026 con 22 días laborables, 5 ya disfrutados
- Desde
- 01/01/2026
- Hasta
- 30/06/2026
- Tus vacaciones se cuentan en
- Días laborables
- Días de vacaciones al año completo
- 22
- Días ya disfrutados
- 5
- Días de vacaciones que te corresponden
- 10,91 días
- Días que te quedan
- 5,91 días
- Días del periodo
- 181 días
- Días que se generan por mes trabajado
- 1,83 días
Preguntas frecuentes
¿Se redondean los días de vacaciones?
La ley no lo dice. Muchas empresas y convenios redondean al alza, al día o al medio día. Si tu resultado es 23,92 días, lo habitual es que te den 24; consúltalo en tu convenio.
¿Las vacaciones del año pasado se pierden?
Con carácter general, las vacaciones se disfrutan dentro del año natural y no se acumulan. La excepción son las que no pudiste disfrutar por una baja médica o por un permiso de nacimiento y cuidado de menor, que se pueden disfrutar después.
¿Cuánto me pagarán por las vacaciones que no disfrute?
Si terminas el contrato con días pendientes, se pagan a tu salario diario. Puedes calcular el importe con la calculadora de finiquito.