Qué incluye el finiquito
El finiquito es el documento que liquida lo que la empresa te debe al terminar la relación laboral, sea por despido, por fin de contrato o por baja voluntaria. Tiene tres partes:
Finiquito = días trabajados del último mes + parte proporcional de las pagas extra + vacaciones no disfrutadas
1. Días trabajados del último mes
En las nóminas cada mes se cuenta como de 30 días. Si terminas el 15 de septiembre con un sueldo de 1.800 €, te corresponden 15 ÷ 30 × 1.800 = 900 €. Si terminas el último día del mes, el mes completo.
2. Parte proporcional de las pagas extra
El Estatuto de los Trabajadores reconoce dos pagas extra al año (art. 31), y el convenio fija su importe y cuándo se generan. Al irte, cobras la parte generada y no pagada:
Parte de la paga = importe de la paga × días trabajados en su periodo ÷ días del periodo
- Devengo anual: la paga de Navidad se genera de enero a diciembre y la de verano, de julio a junio. Con baja el 15 de septiembre de 2026, de la de Navidad llevas 258 días de 365 y de la de verano, 77 días. Con pagas de 1.800 €, te corresponden 1.800 × (258 + 77) ÷ 365 = 1.652,05 €.
- Devengo semestral: la de verano se genera de enero a junio y la de Navidad, de julio a diciembre.
- Pagas prorrateadas: si ya las cobras repartidas en cada nómina, no queda nada pendiente, pero el salario del último mes incluye su parte.
3. Vacaciones no disfrutadas
Las vacaciones no pueden cambiarse por dinero mientras trabajas (art. 38 del Estatuto), pero sí se pagan las que no has podido disfrutar al terminar el contrato. Primero se calculan las generadas en el año y se restan las ya disfrutadas:
Días generados = días de vacaciones al año × días trabajados en el año ÷ 365
Importe = días pendientes × salario anual ÷ 365
Con 30 días al año y baja el 15 de septiembre (258 días trabajados), se generan 21,21 días. Si ya disfrutaste 10, quedan 11,21. Con un salario anual de 25.200 € (1.800 € × 14), el día vale 69,04 € y las vacaciones pendientes, 773,64 €. Si has disfrutado más días de los generados, la empresa puede descontarlos.
Ejemplos resueltos
Baja el 15-9-2026 con 1.800 € al mes, dos pagas de devengo anual y 10 días de vacaciones disfrutados
- Último día de trabajo
- 15/09/2026
- Salario bruto mensual
- 1800 €
- Pagas extra
- Dos pagas de devengo anual
- Días de vacaciones al año
- 30 días naturales
- Días de vacaciones ya disfrutados este año
- 10 días
- Incluir el salario de los días trabajados del último mes
- Sí
- Finiquito bruto
- 3325,69 €
- Días trabajados del último mes
- 900,00 €
- Parte proporcional de las pagas extra
- 1652,05 €
- Vacaciones no disfrutadas
- 773,64 €
- Días de vacaciones pendientes
- 11,21 días
Contrato del 1-2-2026 al 31-3-2026 con 2.000 € al mes y pagas de devengo semestral
- Último día de trabajo
- 31/03/2026
- Fecha de inicio del contrato
- 01/02/2026
- Salario bruto mensual
- 2000 €
- Pagas extra
- Dos pagas de devengo semestral
- Días de vacaciones al año
- 30 días naturales
- Días de vacaciones ya disfrutados este año
- 0 días
- Incluir el salario de los días trabajados del último mes
- Sí
- Finiquito bruto
- 3023,93 €
- Días trabajados del último mes
- 2000,00 €
- Parte proporcional de las pagas extra
- 651,93 €
- Vacaciones no disfrutadas
- 372,00 €
- Días de vacaciones pendientes
- 4,85 días
Preguntas frecuentes
¿El finiquito tiene retenciones?
Sí. Es salario, así que cotiza a la Seguridad Social y tiene retención de IRPF. Las cantidades de esta calculadora son brutas. La indemnización por despido, en cambio, está exenta de IRPF hasta el límite legal.
¿Tengo derecho a finiquito si me voy voluntariamente?
Sí. El finiquito se paga siempre, sea cual sea la causa de la baja. Lo que no tendrás es indemnización. Recuerda que debes avisar con el preaviso que marque tu convenio (a menudo 15 días); si no lo haces, la empresa puede descontar los días que falten.
¿Tengo que firmar el finiquito?
Firmar el recibo no te obliga a estar de acuerdo con las cantidades. Si tienes dudas, escribe «no conforme» junto a tu firma y pide que un representante de los trabajadores esté presente. Así conservas tu derecho a reclamar.